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Salvo recurso al Comité de Apelación

Competición no da la razón al Rayo y Trashorras no podrá jugar ante el Sevilla At.

El conjunto vallecano intentó que la quinta cartulina amarilla que cerraba ciclo para el capitán le fuera retirada

Escrito por Miércoles, 11 Enero 2017

    El Comité de competición no ha dado la razón al Rayo en su reclamación por la tarjeta de Roberto Trashorras en Córdoba y el capitán franjirrojo, salvo recurso a Apelación, no podrá jugar ante el Sevilla Atlético.

    El Comité de Competición de la Federación Española ha desestimado el recurso presentado por el Rayo Vallecano por el que el conjunto franjirrojo solicitaba que le fuera retirada la tarjeta amarilla al capitán franjirrojo, recibida en los últimos compases del choque ante el Córdoba. En el acta, el colegiado Arcediano Monescillo, del colegio castellano machego, recogió que el jugador del Rayo era merecedor de una cartulina amarilla "por derribar a un contrario en la disputa del balón". Ante esta circunstancia, y con la intención de lograr que dicha tarjeta no supusiera la consiguiente sanción por acumulación de amonestaciones para el gallego, los servicios jurídicos del club presentaron un escrito de alegaciones aportando prueba videográfica. Tras la revisión de las imágenes, y al comprobar que el minuto indicado en el acta no se correspondía con el que ofrecía el cronómetro de la televisión que retransmitió el partido en directo, el Comité de competición decidió "solicitar al árbitro que aclare o especifique las circunstancias concretas en las que se produjo la presunta infracción objeto de amonestación, confirmando el minuto en el que tuvo lugar el hecho". Una vez conseguida la aclaración del colegiado que se basó en que "la amonestación del jugador Don Roberto Trashorras Gayoso se produjo instantes antes de haber mostrado la cartulina amarilla en una detención del juego, y no existiendo controversia sobre la realidad del hecho que motivó la referida amonestación (...), no nos encontraríamos ante un error material manifiesto en cuanto a la exitencia del hecho constitutivo de infracción".

    Por este motivo, y al considerarse "una acción de juego peligroso", competición tomó la decisión de amonestar al jugar y sancionarle con un partido por acumulación de tarjetas, resolución contra la que el club puede "interponer recurso ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días hábiles".

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